AGENCIA MANACORNOTICIAS 07/12/2024 - 10:58:46 |
“Los abogados siempre hemos tenido claro que la okupación es un delito penal, ya que implica violencia a la fuerza”, explica Arantxa Goenaga, socia de AF Legis y experta en derecho inmobiliario. |
El problema de la vivienda debe solucionarlo el Gobierno y no los privados. La nueva ley permitirá expulsar a los okupas de una manera más rápida por la vía penal. La votación de una enmienda en el Congreso de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cambia la consideración del delito por haber ampliado su aplicación a hecho que hasta ahora se consideraban civiles, y permitirá juzgar a los okupas en quince días desde su puesta a disposición judicial. Arantxa Goenaga, socia de AF Legis, explica que la medida no afecta a los inquiokupas, pero señala que se acortarán los plazos para los que allanen o usurpen una morada gracias al procedimiento abreviado.
El temor por la okupación es creciente en España. Durante los últimos cinco años se registraron casi 91.000 denuncias por okupación ilegal de vivienda, según los datos que maneja el Ministerio del Interior. Diferentes estudios señalan que este tema ya es una de las preocupaciones más grandes de la sociedad. El pasado 14 de noviembre, el Congreso de los Diputados aprobó una enmienda de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que afecta a esta área. Y aunque salió adelante por un error por los apoyos de ERC y Bildu, el PP ostenta la mayoría en el Senado y la aprobación de la enmienda es inminente.
Con ella, a partir de ahora los casos de okupación serán delitos penales. Será considerado allanamiento de morada cuando la vivienda se encuentra habitada, mientras que será usurpación cuando no lo sea. “Los abogados siempre hemos tenido claro que la okupación es un delito penal, ya que implica violencia a la fuerza”, explica Arantxa Goenaga, socia de AF Legis y experta en derecho inmobiliario.
El cambio más importante será el tiempo estimado de la expulsión de los okupas. Hasta el día de hoy, el hecho de que los casos se llevaran por la vía civil ralentizaba los procesos, según cuenta Goenaga, quien considera “una injusticia” que los propietarios tuvieran que esperar muchos meses para recuperar sus viviendas.
La ampliación del tipo delicitivo añadiendo la okupación permite que pueda juzgarse a través del procedimiento abreviado, “una forma jurídica que acorta plazos y con la que los okupas serán juzgados en un plazo máximo de quince días desde su puesta a disposición judicial”.
No afecta a los ‘inquiokupas’. Aunque estos plazos se acortaran, algunos abogados como Goenaga señalan que la saturación de la justicia hace que muchas veces no se cumplan. “De todas maneras, sí que se reducirán significativamente gracias a la nueva enmienda”, subraya la abogada de AF Legis.
Goenaga matiza que la enmienda no afectará a los inquiokupas, esos inquilinos que dejan de pagar el alquiler o bien aquellos que no dejan la vivienda tras finalizar el contrato. Dejar de pagar el alquiler y seguir en la misma pese a finalizar el contrato, se seguirá considerando un “ilícito civil”, con lo que los propietarios no van a poder beneficiarse del procedimiento penal.
Acerca de AF Legis. Con un equipo con más de 20 años de experiencia en el mercado, AF Legis es una firma de abogados reconocida por su capacidad para solucionar conflictos jurídicos complejos; ofrece un servicio jurídico de alta calidad y apoyo legal a empresas y particulares en todos los ámbitos, incluyendo el asesoramiento a inversores extranjeros que invierten en España así como empresas españolas que invierten en el extranjero. AF Legis está liderada por Jorge Fernández Fernández, Antonio Pastor Pérez y Arantxa Goenaga Llorca, socios del bufete jurídico. Además, el bufete cuenta con alianzas en Palma de Mallorca, Milán, Lisboa, París, Bogotá, Sao Paulo, Ciudad de México y Ciudad de Panamá.
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